Política

TEPJF ratifica candidaturas de cuatro aspirantes vinculados a La Luz del Mundo

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió mantener las candidaturas de cuatro personas aspirantes a cargos judiciales, quienes han sido señaladas por sus vínculos con la organización religiosa La Luz del Mundo. La resolución se dio tras analizar las impugnaciones presentadas por víctimas de dicha iglesia y por la agrupación Defensorxs, quienes argumentaban que los postulantes no cumplían con el requisito legal de buena reputación exigido para acceder a puestos en el Poder Judicial.

Entre las candidaturas ratificadas se encuentran las de Job Daniel Wong, exministro de culto que busca ser magistrado en materia laboral; Madián Sinaí Menchaca Sierra, hija de un obispo de la iglesia, quien aspira a un cargo como jueza en materia administrativa; Cinthia Teniente Mendoza, actual alcaldesa de Villagrán, Guanajuato, con aspiraciones a una magistratura laboral; y Betzabeth Almazán Morales, criminóloga, quien se postula como jueza en materia civil.

Los argumentos de los impugnantes se centraron en la supuesta cercanía de estas personas con altos mandos de La Luz del Mundo, incluidos personajes procesados por abuso sexual y corrupción. Según quienes promovieron la impugnación, esta relación debería bastar para considerar comprometida su honorabilidad. No obstante, el tribunal concluyó que no existían pruebas concluyentes que demostraran que las y los aspirantes habían participado en conductas que comprometieran su integridad ética o profesional.

Esta resolución ha generado una amplia discusión pública sobre el equilibrio entre los derechos individuales y el interés público. Por un lado, está el principio constitucional de no discriminación por creencias religiosas; por otro, la exigencia de que quienes aspiren a la judicatura deben demostrar una trayectoria intachable y sin vínculos con estructuras de poder cuestionadas.

El TEPJF subrayó que la participación de personas con antecedentes religiosos o familiares no constituye, por sí sola, una causa para eliminar una candidatura, siempre que no se demuestre una conducta ilícita o inadecuada. Esta postura resalta la importancia del respeto al debido proceso y a los derechos civiles, incluso en contextos polémicos.

A su vez, la decisión del tribunal podría abrir un precedente sobre cómo se valoran las pruebas de reputación en los procesos de selección judicial, y plantea preguntas de fondo sobre la frontera entre la vida privada, las creencias personales y el servicio público. Mientras tanto, las y los aspirantes continuarán en sus procesos de evaluación, a la espera de un nombramiento que, de concretarse, podría seguir generando debate tanto dentro como fuera del Poder Judicial.

Editor

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