Decreto faculta al Archivo General garantizar derecho a la memoria de la Nación
Hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el cual se faculta al Archivo General de la Nación (AGN) para difundir y proyectar el derecho a la memoria de la Nación, en coordinación con las dependencias y entidades de la administración pública federal. Atribución que anteriormente tenía la Oficina de la Presidencia de la República.
Las modificaciones que reforman las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal y General de Archivos entrarán en vigor este 6 de abril; con ello se deroga la fracción III del artículo octavo de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y se adiciona una fracción II Bis al artículo 106 de la Ley General de Archivos.
El decreto, en su artículo tercero transitorio, instruye a la Oficina de la Presidencia de la República y al Archivo General de la Nación a realizar la transferencia de los recursos humanos, materiales y financieros de la Coordinación de Memoria Histórica y Cultural de México en un plazo máximo de 180 días naturales contados a partir de la entrada en vigor del decreto. Ello, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables y mediante movimientos compensados, pues, no se autorizarán “ampliaciones al presupuesto del Archivo General de la Nación para el ejercicio fiscal ni subsecuentes como resultado de la entrada en vigor del decreto”.
Respecto a los titulares de la Unidad de Administración y Finanzas de la Oficina de la Presidencia de la República y de la Dirección de Administración del Archivo General de la Nación, se estableció que fungirán como coordinadores del proceso de transferencia de los recursos a fin de que provean y determinen lo necesario para dar cumplimiento con lo demandado. Además, “deberán proporcionar la información que se requiera para la integración de la Cuenta Pública, en el ámbito de su competencia”.
Fuente Contralínea